
El número de reclusos clasificado en primer grado penitenciario por su peligrosidad se ha reducido a menos de la mitad en poco más de tres años. De los 995 internos que había en el llamado régimen cerrado a finales de 2018, se ha pasado, a finales de septiembre, a 480, según los datos facilitados por el Ministerio del Interior en respuesta al Portal de Transparencia y actualizados por EL PAÍS en fuentes penitenciarias. La ley penitenciaria señala que esta modalidad de cumplimiento, la más severa, está pensada para “los penados calificados de peligrosidad extrema o para casos de inadaptación” a la vida penitenciaria y supone “un mayor control y vigilancia”, así como la imposibilidad de disfrutar de beneficios como los permisos. “La permanencia de los internos destinados a estos centros será por el tiempo necesario hasta tanto desaparezcan o disminuyan las razones o circunstancias que determinaron su ingreso”, añade la norma.

